Fuente: La Nación – Dos episodios vinculados con trascendentes obras del arte universal reclamaron la atención mundial. Una de ellas es el busto de Nefertiti, del siglo XIV a. C., encontrado en Amarna, Egipto, en 1912 y que desde hace un siglo es exhibido en Berlín. La otra es el Atleta de Fano, un bronce griego quizás realizado por el escultor Lisipo, artista personal de Alejandro el Grande, entre los siglos III y II a. C. y encontrado en 1964 en el mar frente a la pequeña ciudad italiana de la que ahora toma su nombre.
Ambas piezas comparten ciertas características. Quizás la más relevante sea la de ser notables ejemplos de la capacidad artística y creativa de quienes las concibieron. Otra es su casi perfecto estado de conservación. Una tercera, entre otras posibles, es el grado de conocimiento que nos permiten alcanzar acerca de culturas desaparecidas.
Cada una de ellas es ejemplo paradigmático de la cooperación cultural –o de la falta de ella– entre sus países de origen y donde hoy se las exhibe.
El busto de Nefertiti fue hallado por una expedición alemana, que contó con las necesarias autorizaciones del gobierno egipcio. Una vez culminada su tarea, en 1913. un funcionario gubernamental de ese país estableció qué piezas permanecerían allí y cuáles podían ser transportadas a Alemania para quedar en manos de James Simon, el filántropo alemán que financió la expedición. Este terminó donando las suyas a las autoridades de su país. Gracias a la sensatez de estas conductas, Nefertiti celebra en estos días el centenario de su pacífica exhibición en el Neues Museum de Berlín.
La historia del Atleta es casi la contracara de la anterior. La escultura fue extraída del fondo del mar Adriático por pescadores italianos, que la vendieron en el mercado negro a quienes luego la exportaron ilegalmente de Italia. El J. Paul Getty Museum de Malibu la adquirió en 1977 por varios millones de dólares. El gobierno italiano recurrió a todos los recursos diplomáticos y judiciales para que le fuera restituida.
El último episodio fue una sentencia de la Corte Europea de Derechos Humanos a raíz de una apelación contra una decisión de la Justicia italiana de 2018 planteada por el museo estadounidense entendiendo que la restitución de la obra al gobierno italiano constituiría una violación de sus derechos de propiedad. La Corte Europea sostuvo que no solo no existía tal violación, sino que el museo había sido negligente, en el mejor de los casos, al haber adquirido una obra de arte de semejante importancia sin haber agotado una investigación razonable acerca de su procedencia.
Estos hechos muestran la necesidad imperiosa de que cada país cuente con una política cultural atinada y sensata, que debe tener en cuenta la necesidad de que exista un mercado transparente, de fronteras claras y precisas, donde coleccionistas y comerciantes puedan negociar libremente las piezas obtenidas legítimamente. Monopolizar la posesión de las obras de arte que integran el patrimonio cultural de un país en manos de sus respectivas autoridades –como pretenden gobiernos como los de China, Turquía y Marruecos– mediante la modificación de la Convención de la Unesco de 1970 sobre bienes culturales puede ser una herramienta eficaz para cancelar las expresiones artísticas de ciertas minorías culturales.